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CONTRATO DE VINCULACIÓN COMERCIAL PARA DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE

Entre FORNUVI S.A.S. y EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE

FORNUVI S.A.S., sociedad comercial legalmente constituida bajo las leyes de la República de Colombia, identificada con NIT 901.953.881-1, con domicilio principal en la ciudad de Cali (en adelante, “LA COMPAÑÍA”).

Y: La persona natural o jurídica que acepta los términos del presente documento de manera electrónica mediante la marcación de la casilla de aceptación (en adelante, “EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE”).

Ambas partes, denominadas conjuntamente como “LAS PARTES”, han acordado celebrar el presente Contrato de Vinculación Comercial, el cual se regirá por la legislación colombiana, en especial la Ley 1700 de 2013, y por las siguientes cláusulas:

DECLARACIONES

LA COMPAÑÍA declara que su objeto social principal consiste en la estructuración, desarrollo y operación de un sistema de comercialización en red o marketing multinivel, conforme a la Ley 1700 de 2013. Dicha actividad se materializa a través de una plataforma que integra un portafolio de oportunidades comerciales para sus Distribuidores Independientes, el cual podrá incluir, de manera no limitativa, las siguientes modalidades:

  • Intermediación Comercial: La operación de una plataforma de comercio electrónico para la venta de productos suministrados por LA COMPAÑÍA o por terceros proveedores.
  • Programa de Referidos con Aliados: La gestión de un programa de beneficios y compensaciones basado en alianzas estratégicas con establecimientos de comercio externos, mediante el cual se generan ingresos derivados del consumo realizado por la red en dichos establecimientos.
  • Distribución de Productos Propios: Eventualmente, la distribución y venta directa de productos desarrollados o marcados por LA COMPAÑÍA.

EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE declara ser mayor de edad, con plena capacidad legal para contratar y obligarse, y manifiesta su interés voluntario de vincularse a la red comercial de LA COMPAÑÍA bajo la modalidad de Distribuidor Independiente.

CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO

El objeto de este contrato es establecer los términos y condiciones que regulan la relación comercial, de carácter mercantil e independiente, entre LA COMPAÑÍA y EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE. En virtud de esta relación, EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE promoverá y comercializará los productos y/o servicios ofrecidos en la plataforma de LA COMPAÑÍA, y podrá desarrollar una red de distribución, a cambio de las compensaciones económicas establecidas en el Plan de Compensación vigente.

CLÁUSULA SEGUNDA: ACEPTACIÓN ELECTRÓNICA Y PERFECCIONAMIENTO

EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE manifiesta que, al marcar la casilla electrónica de verificación dispuesta en el formulario de registro: "☑️ He leído y acepto los Términos y Condiciones, el Contrato de Afiliación como Distribuidor Independiente y la Política de Tratamiento de Datos Personales de Fornuvi S.A.S., autorizando expresamente el envío de información, ofertas, promociones e invitaciones por WhatsApp, correo electrónico y medios digitales de Fornuvi y sus comercios aliados a través de canales directos o de terceros autorizados", o al firmar digitalmente cualquier documento vinculante de la plataforma, está suscribiendo de manera libre, voluntaria, expresa, informada e inequívoca el contenido íntegro de este contrato y sus anexos, adquiriendo plena validez jurídica y fuerza obligatoria entre LAS PARTES conforme a la Ley 527 de 1999 sobre mensajes de datos y comercio electrónico en Colombia.

CLÁUSULA TERCERA: NATURALEZA DE LA RELACIÓN

LAS PARTES acuerdan y reconocen que la relación que surge de este contrato es de naturaleza estrictamente mercantil y autónoma. En consecuencia:

  • No existe relación laboral: Este contrato no crea, ni se interpretará como creador de, una relación laboral, contrato de trabajo, sociedad o empresa conjunta entre LA COMPAÑÍA y EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE.
  • Independencia y Autonomía: EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE no estará sujeto a subordinación, no cumplirá un horario de trabajo impuesto por LA COMPAÑÍA, y desarrollará su actividad con sus propios medios, bajo su propio riesgo y autonomía.
  • Responsabilidades Tributarias y de Seguridad Social: EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE es el único y exclusivo responsable de la declaración, reporte y pago de todos los tributos, impuestos (IVA, Renta, Retenciones, etc.) y contribuciones aplicables según las leyes de su respectivo país de domicilio o residencia fiscal. Para distribuidores residentes en Colombia, la obligación de cotizar al Sistema de Seguridad Social Integral (salud, pensión y riesgos laborales) como trabajadores independientes corresponderá única y exclusivamente al distribuidor cuando sus ingresos netos mensuales alcancen los topes legales exigidos por la ley colombiana (iguales o superiores a un salario mínimo legal mensual vigente - 1 SMLMV), aclarándose que la afiliación y permanencia en la red comercial no exige pago ni comprobante alguno de seguridad social para personas desempleadas o con ingresos inferiores al tope legal. Para distribuidores residentes en el extranjero (como Ecuador u otros países autorizados), serán responsables de sus obligaciones tributarias locales y autorizan expresamente a LA COMPAÑÍA a practicar las retenciones en la fuente sobre pagos o giros transfronterizos exigidas por el Estatuto Tributario colombiano o convenios internacionales de doble imposición aplicables.

CLÁUSULA CUARTA: REQUISITOS DE VINCULACIÓN

Para ser y permanecer como DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • Capacidad y Mayoría de Edad: Ser mayor de edad y contar con plena capacidad civil y legal para contraer obligaciones mercantiles conforme a las leyes de la República de Colombia o de su país de residencia o nacionalidad.
  • Identificación Oficial Válida: Contar con un documento de identidad oficial, idóneo y vigente emitido por la autoridad gubernamental competente de su país (Cédula de Ciudadanía, Cédula de Extranjería, Pasaporte Internacional, Cédula de Identidad, Documento de Identificación Extranjero DIE, NIT o RUC según corresponda).
  • Territorio y Cobertura Operativa: Residir legalmente en Colombia o en cualquiera de los países o territorios en los cuales LA COMPAÑÍA mantenga habilitadas sus operaciones de plataforma, logística comercial, despacho de productos o procesamiento de pagos (incluyendo Colombia y Ecuador, entre otros habilitados por LA COMPAÑÍA).
  • Información Veraz y Actualizada: Suministrar información personal, tributaria y de contacto veraz, exacta, completa y actualizada durante el proceso de registro, y mantenerla permanentemente actualizada durante toda la vigencia del contrato.
  • Historial y Buena Conducta en la Red: No haber sido suspendido ni terminado de forma definitiva de la red comercial de LA COMPAÑÍA por comisión de faltas graves a sus políticas o al Código de Ética.
  • Aceptación Integral Normativa: Aceptar electrónicamente el presente contrato, los Términos y Condiciones Generales, la Política de Tratamiento de Datos Personales y dar estricto cumplimiento al Plan de Compensación y demás manuales corporativos emitidos por LA COMPAÑÍA.

CLÁUSULA QUINTA: DERECHOS DEL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE

EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE tendrá derecho a:

  • Recibir las compensaciones económicas (comisiones, bonos, incentivos) de acuerdo con lo estipulado en el Plan de Compensación vigente.
  • Acceder a capacitaciones, material de apoyo, herramientas digitales y soporte proporcionado por LA COMPAÑÍA.
  • Adquirir los productos ofrecidos por LA COMPAÑÍA.
  • Terminar unilateralmente y en cualquier momento el presente contrato, mediante notificación escrita a LA COMPAÑÍA, sin que ello genere penalización alguna.

CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES DEL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE

EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE se obliga a:

  • Actuar siempre con ética, honestidad, transparencia y profesionalismo, protegiendo la reputación de LA COMPAÑÍA.
  • Promover y vender los productos basándose en sus características y beneficios reales, sin incurrir en publicidad engañosa, exageraciones o promesas de ganancias garantizadas.
  • Cumplir estrictamente con el Plan de Compensación, el Código de Ética y demás políticas internas de LA COMPAÑÍA.
  • No utilizar las marcas, logos y nombres comerciales de LA COMPAÑÍA para fines distintos a los autorizados en este contrato.
  • Mantener la confidencialidad sobre la información privilegiada de LA COMPAÑÍA a la que tenga acceso.

CLÁUSULA SÉPTIMA: PLAN DE COMPENSACIÓN, MONEDAS Y FORMAS DE PAGO

El Plan de Compensación de LA COMPAÑÍA es un documento anexo que forma parte integral de este contrato. Dicho plan detalla la estructura de puntos (PV y GV), los requisitos de calificación a rangos, comisiones por venta directa, bonificaciones de equipo binario y unilevel, y las formas de liquidación.

Se deja constancia expresa que las compensaciones se derivan sustancialmente de la venta real y efectiva de productos y/o servicios a consumidores finales, y jamás del mero reclutamiento o incorporación de personas a la red, en estricto cumplimiento del régimen multinivel (Ley 1700 de 2013).

Monedas y Dispersión de Pagos: Para distribuidores en Colombia, las comisiones se calcularán y pagarán en Pesos Colombianos (COP) mediante transferencia bancaria a cuentas verificadas. Para distribuidores en otros países autorizados (como Ecuador u otros), los pagos se realizarán en la moneda legal o convenida para dicho territorio (por ejemplo, Dólares de los Estados Unidos de América - USD) o su equivalente oficial, a través de los canales o pasarelas de pago habilitadas en la plataforma, asumiendo el Distribuidor los costos de intermediación bancaria o comisiones de transferencia internacional cuando fueren aplicables. LA COMPAÑÍA mantendrá el Plan de Compensación accesible para consulta permanente en: Ver Plan de Compensación Técnico Oficial.

CLÁUSULA OCTAVA: POLÍTICA DE DEVOLUCIÓN, GARANTÍA Y COBERTURA LOGÍSTICA

Esta política regula las transacciones de productos y/o servicios adquiridos directamente desde la tienda virtual o plataforma de LA COMPAÑÍA:

  • Exclusión de Transacciones con Comercios Aliados: Se deja constancia expresa de que LA COMPAÑÍA actúa como un simple intermediario en las transacciones que EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE o su red realicen en los establecimientos de comercios aliados. Por lo tanto, cualquier reclamación sobre productos o servicios de comercios aliados deberá ser gestionada directamente ante el comercio tercero.
  • Derecho de Retracto (Compras en la Plataforma Fornuvi): Conforme al artículo 47 de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor en Colombia) y normativas análogas de protección al consumidor en los países donde opere la plataforma, EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE podrá ejercer el derecho de retracto sobre los productos adquiridos directamente de LA COMPAÑÍA dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la entrega física del producto, asumiendo los costos directos de devolución del bien a las bodegas o centros de acopio autorizados por LA COMPAÑÍA.
  • Cobertura Logística y Envíos: Los despachos de productos físicos adquiridos a través de la plataforma están sujetos a las zonas de cobertura, condiciones de transporte y requisitos aduaneros o de nacionalización aplicables en el país de entrega seleccionado por el comprador.
  • Garantía de Recompra (Terminación del Contrato): En estricto cumplimiento con la Ley 1700 de 2013, LA COMPAÑÍA recomprará los productos no perecederos que el Distribuidor Independiente haya adquirido directamente de LA COMPAÑÍA y que aún se encuentren en su poder, en perfecto estado, sellados y con fecha de expiración vigente, dentro de los seis (6) meses previos a la terminación, reembolsando un mínimo del noventa por ciento (90%) del costo neto original pagado.

CLÁUSULA NOVENA: DURACIÓN Y TERMINACIÓN

Duración: El presente contrato es de término indefinido y estará vigente mientras LAS PARTES cumplan con sus obligaciones.

Terminación por parte del Distribuidor: Podrá darlo por terminado en cualquier momento, sin necesidad de justificar la causa, mediante notificación escrita enviada al correo electrónico oficial.

Terminación por parte de LA COMPAÑÍA: De forma inmediata en caso de incumplimiento grave de las cláusulas, actos fraudulentos o inactividad prolongada según las políticas internas.

CLÁUSULA DÉCIMA: TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES, HABEAS DATA Y AUTORIZACIÓN EXPRESA DE COMUNICACIONES POR WHATSAPP Y MEDIOS DIGITALES (LEYES 1581 DE 2012 Y 2300 DE 2023)

10.1. Marco Normativo y Roles de Tratamiento: En estricto cumplimiento de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, el Decreto Reglamentario 1377 de 2013 y las directrices de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE autoriza de manera previa, expresa, libre, voluntaria e informada a FORNUVI S.A.S. (NIT 901.953.881-1), en su condición de Responsable del Tratamiento, para recolectar, almacenar, usar, circular, procesar, transmitir y transferir sus datos personales suministrados durante el proceso de registro y durante la vigencia de su vinculación mercantil.

10.2. Finalidades Principales del Tratamiento: Los datos personales recolectados serán tratados con el propósito de: (a) Gestionar la vinculación comercial, registro y enrolamiento en la plataforma; (b) Calcular, liquidar, emitir reportes y efectuar el pago oportuno de comisiones, bonificaciones y premios conforme al Plan de Compensación; (c) Cumplir con obligaciones legales, contables y tributarias ante la DIAN y entes de control; (d) Proveer soporte técnico, atención al cliente y gestión de PQRSF; y (e) Garantizar la seguridad, autenticación e integridad de la oficina virtual y la red de distribución.

10.3. Autorización Expresa de Comunicaciones Comerciales por WhatsApp y Medios Digitales (Ley 2300 de 2023): EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE manifiesta de manera inequívoca que ha seleccionado voluntariamente los canales digitales para ser contactado, y autoriza expresamente a LA COMPAÑÍA a remitirle, a través de su número de WhatsApp registrado, mensajes de texto (SMS), correo electrónico institucional o personal, llamadas telefónicas y notificaciones en la oficina virtual:

  • Notificaciones operativas, estados de cuenta, liquidaciones de comisiones, cambios normativos y alertas de seguridad.
  • Ofertas comerciales exclusivas, promociones, bonos extraordinarios, descuentos, capacitaciones, eventos e invitaciones especiales derivadas de su condición de miembro activo de la Comunidad Fornuvi.
  • Información comercial, promociones, beneficios, cupones y novedades de la red de Comercios Aliados vinculados estratégica y comercialmente con FORNUVI S.A.S., creados para enriquecer el ecosistema de consumo y compensación de la red.

10.4. Gestión Directa o Mediante Terceros Especializados Autorizados (Encargados del Tratamiento): LAS PARTES reconocen y acuerdan que las comunicaciones descritas y el procesamiento tecnológico podrán ser gestionados y ejecutados directamente por FORNUVI S.A.S. o a través de empresas terceras especializadas, proveedores tecnológicos, pasarelas de mensajería (WhatsApp Business API / SMS) y plataformas de comunicación masiva debidamente autorizadas y contratadas por LA COMPAÑÍA. Dichos terceros actuarán jurídicamente en calidad de Encargados del Tratamiento, bajo estrictos estándares de ciberseguridad, confidencialidad y acuerdos de transmisión de datos personales que les impiden utilizar los datos para finalidades propias no autorizadas por LA COMPAÑÍA.

10.5. Derecho de Revocatoria y Desuscripción Publicitaria (Opt-Out): Conforme a la Ley 2300 de 2023 y la normatividad de protección de datos, EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE tiene el derecho de solicitar en cualquier momento, de forma gratuita, directa y expedita, la exclusión o limitación en la recepción de mensajes netamente publicitarios o promocionales respondiendo a los mensajes con las palabras clave habilitadas o enviando una solicitud formal al correo info@fornuvi.com. Dicha revocatoria publicitaria no afectará las notificaciones transaccionales, de seguridad o indispensables para la ejecución del presente contrato y la liquidación de sus comisiones.

10.6. Derechos del Titular (Derechos ARCO): EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE podrá ejercer sus derechos de conocer, actualizar, rectificar y solicitar la supresión de sus datos personales, así como revocar la autorización otorgada, mediante solicitud dirigida al Responsable al correo electrónico: info@fornuvi.com o al canal de atención telefónica oficial, de conformidad con la Política de Tratamiento de Datos Personales de LA COMPAÑÍA.

10.7. Transferencia y Transmisión Internacional de Datos Personales: Habida cuenta de que FORNUVI S.A.S. cuenta con infraestructura tecnológica en la nube, pasarelas de pago, servicios de mensajería masiva global (como WhatsApp / Meta) y opera para usuarios y distribuidores de diversos países (Colombia, Ecuador y demás territorios habilitados), EL DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE autoriza de forma expresa, informada e inequívoca la transferencia y transmisión internacional de sus datos personales a servidores ubicados fuera de su país de residencia, garantizándose siempre niveles adecuados de seguridad de la información, confidencialidad y estricto cumplimiento de los estándares legales de protección de datos.

CLÁUSULA UNDÉCIMA: MODIFICACIONES

Cualquier modificación será notificada con al menos quince (15) días de antelación a su entrada en vigor a través del correo electrónico registrado o de la plataforma virtual.

CLÁUSULA DUODÉCIMA: LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

Este contrato se rige íntegramente por las leyes de la República de Colombia, país del domicilio principal de FORNUVI S.A.S., bajo el marco comercial de la Ley 1700 de 2013 y el Código de Comercio. Para cualquier controversia derivada del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los jueces y tribunales de la ciudad de Cali, Colombia, sin perjuicio de las disposiciones imperativas de orden público y protección al consumidor aplicables localmente en los países donde se comercialicen efectivamente los bienes o servicios.

CLÁUSULA DECIMOTERCERA: CONTACTO

Canal oficial: Correo Electrónico: info@fornuvi.com | Teléfono: +57 314 520 7814 | Cali, Colombia.

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